Servicio Público – otorgamiento de autorizaciones
Compartimos la Resolución publicada en el Boletín Oficial.
Resolucion 129-E:2017
Resolucion 129-E:2017 ANEXO 1
Resolucion 129-E:2017 ANEXO 2
A continuación una transcripción de los parrafos más relevantes:
En relación a los servicios públicos (Líneas):
<…> que requieren que el ESTADO NACIONAL ponga en marcha mecanismos excepcionales, de modo tal de asegurar la continuidad del servicio afectado y en especial, proteger la fuente laboral de los trabajadores que pudiere estar en riesgo.
<…>
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establécense que los operadores de transporte automotor de pasajeros que soliciten una autorización precaria para la prestación de servicios públicos de transporte automotor de pasajeros, de aquel servicio que se encuentre comprometido ya sea por la caducidad, suspensión o abandono del permiso y cuya continuidad sea necesario asegurar por parte del ESTADO NACIONAL o bien, de nuevos servicios, cuya necesidad pública y urgencia en la prestación se encuentren justificadas, deberán dar cumplimiento a lo establecido en el Anexo I (IF-2017-29857764-APN-SECGT#MTR) que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Dispónese que una vez constatada la necesidad pública para el servicio comprometido, se dará a conocer el servicio público a cubrir a través de la publicación de UN (1) edicto por UN (1) día en el Boletín Oficial de la Nación y/o la comunicación, por parte de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, a las cámaras representativas del transporte automotor de pasajeros, para que en el plazo de CUATRO (4) días hábiles los operadores interesados en la prestación precaria del servicio, den cumplimiento al Anexo I que se aprueba por el artículo precedente.
<…>
Gracias.