Estimado transportista:
Compartimos novedades de LINTI, actualizado al 18 de Marzo de 2020:
Asunto: Disposición N°109/2020 ANSV, Medidas de contención a fin de evitar la progagación del coronavirus COVID-19
Estimados,
Ante la situación de público conocimiento relacionada al brote de coronavirus COVID-19, que en los últimos días se ha propagado en numerosos países de diferentes continentes, llegando a nuestra región y a nuestro país, venimos a informarle:
En cumplimiento de la Decisión Administrativa N° 390/2020 del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y la Disposición N° 109/2020 de esta AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), se han tomado las siguientes medidas de contención a fin de evitar la propagación del coronavirus COVID-19.
La ANSV, brindara soporte y atención para los CELs, los Prestadores de LINTI y los ciudadanos, con personal mínimo en la sede central de la agencia, a fin de cubrir la atención y necesidades de carácter URGENTE.
En virtud de ello, les informamos que las consultas deben ser realizadas únicamente vía correo electrónico a las siguientes direcciones:
Las vías telefónicas solo recepcionaran y darán curso a llamadas de carácter URGENTE.
De tal manera, estaremos respondiendo sus consultas entre las 24 y 48 hs de haberlas recepcionado.
También, aprovechamos esta oportunidad para evacuar dudas con relación a la Disposición ANSV N° 109/2020 vinculadas a los CELS, a la LNC y LINTI:
1.- Los CURSOS DE VERIFICACIÓN DE COMPETENCIAS Y FORMACIÓN CONTINUA, como los EXÁMENES PSICOFÍSICOS exigidos para el otorgamiento y renovación de la LINTI, se SUSPENDEN hasta el 01/04/20.
2.- Se PRORROGAN por 60 días corridos la VIGENCIA DE LOS CURSOS Y EXÁMENES PSICOFÍSICOS para el OTORGAMIENTO Y RENOVACIÓN DE LA LINTI, cuyos vencimientos hayan operado u operen entre 15/02/20 y el 01/02/20.
3.- Las CAPACITACIONES y ENCUENTROS REGIONALES DE FORMA PRESENCIAL para instructores y evaluadores se SUSPENDEN hasta el 01/04/20 y se PRORROGAN por 60 días las MATRICULAS de funcionarios que venzan entre el 15/02/20 al 01/04/20.
En este caso y mientras dure la medida podrán utilizar únicamente el AULA VIRTUAL ANSV http://capacitacion.seguridadvial.gob.ar/index.php para la capacitación de los funcionarios y Rematriculacion de instructores y evaluadores.
4.- Aquellas jurisdicciones que otorgan LNC y decidan alinearse a lo establecido en la Disposición ANSV N° 109/2020 de SUSPENDER la atención al público y su otorgamiento hasta el 01/04/20 y PRORROGAR por 60 días corridos los vencimientos de LNC que hayan operado u operen entre el 15/02/20 y el 01/04/20, deben considerar lo siguiente:
El otorgamiento de la LNC en un CEL certificado y homologado por esta ANSV, es una competencia exclusiva de cada jurisdicción. No así la emisión de LINTI que es una competencia exclusiva de la ANSV.
Por lo que, en el caso de optar por la suspensión de la actividad del CEL y la prórroga de los vencimientos de las LNC, las jurisdicciones en el marco de sus prerrogativas, y a través de sus autoridades, deberán emitir el respectivo acto administrativo (Ordenanza, Decreto, Disposición, Resolución, etc.) que así lo establezca.
Asimismo, vale aclarar que las presentes medidas tienen como fin evitar la propagación de Coronavirus – COVID-19 y lograr que se cumpla con la cuarentena y reduzcan al mínimo posible el contacto social, desalentando la circulación de personas en la vía pública.
La responsabilidad es de todos los argentinos; la no circulación de los ciudadanos evita la circulación del virus.