Nota presentada al Ministerio de Transporte EMERGENCIA

Estimado transportista:

A continuación compartimos la nota presentada al Ministro de Transporte en referencia a la crisis que atraviesa el sector.
La misma fue confeccionada con el presidente de la cámara, el secretario, gestores, contador, abogado, y algunos transportistas.
Lo invitamos a leerla y proponer más ideas para las próximas presentaciones que tendrán lugar, escribiendo a cettol@hotmail.com

DESCARGAR: Nota_para_Ministro_de_Transporte

Gracias.

Intercambio de parque móvil y conductores entre empresas

Estimado transportista:

Compartimos la nota de la Subsecretaria de Transporte Automotor.

DESCARGAR NOTA COMPLETA: NO-2020-18506202-APN-SSTA%MTR – CONDUCCION

Resumen: (Por favor leer nota completa)
»
; vista la necesidad de efectuar traslados a pasajeros que se encontraban fuera de su domicilio al declararse la emergencia y deben cumplir en sus domicilios el aislamiento social, preventivo y obligatorio; esta Subsecretaría entiende pertinente autorizar el intercambio de conductores y parque móvil de las empresas sometidas a jurisdicción nacional e inscriptas en los registros respectivos, en aquellos casos en que se demuestre la insuficiencia de recursos propios de la empresa prestadora…»

Gracias.

CNRT – DUTs

Estimado transportista:

Compartimos la providencia de CNRT en relación a la declaración de DUTs (Documentos Universal de Transporte)

DESCARGAR: PV-2020-18349511-APN-STIEIP%CNRT

Compartimos una fracción, por favor leer documento completo.

«
… no deben emitirse DOCUMENTO UNIVERSAL DE TRANSPORTE (D.U.T.), considerando que, atento su carácter de Declaración Jurada, la empresa (persona física o jurídica) incurrirá en violación a las noras antes referidas, sindo pasibles de las consecuencias que las mismas disponen ante su incumplimiento.

Además, es propio señalar que quedan sin efecto los D.U.T. ya emitidos respecto de los cuales la ejecución del servicio declarado comprendan el período de tiempo que duren las medidas dispuestas por el Estado Nacional en la actual coyuntura.»

Gracias

Ministerio de Transporte Resolución 71/20 – EXCEPCIONES

Estimado transportista:

Compartimos la resolución publicada hoy por el Ministerio de Transporte, donde se establece que servicios pueden prestarse durante la cuarentena obligatoria. Resolución nro 71/20

DESCARGAR: RS-2020-18242421-APN-MTR.pdf

 EXCEPCIONES

Copiamos parte de la resolución:
ARTÍCULO 4°.- Establécense las siguientes excepciones a lo dispuesto en el inciso f) del artículo 1° de la presente resolución:

a. El traslado hacia sus domicilios de residentes en el país que estén retornando a la REPÚBLICA ARGENTINA.

b. El traslado hacia aeropuertos, puertos y/o terminales de ómnibus o ferroviarias de extranjeros que se encuentren en el país y que se dirijan a su país de origen.

c. El transporte de pasajeros para el traslado de personas que presten servicios o realicen actividades declarados esenciales en el marco de la emergencia pública declarada.

ARTÍCULO 5°.- Exceptúanse de la suspensión dispuesta por el artículo 2° de la Resolución N° 64 de fecha 18 de marzo de 2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, los servicios de transporte automotor interurbano de pasajeros destinados a:

a. El traslado de residentes en el país que estén retornando a la REPÚBLICA ARGENTINA.
b. El traslado de extranjeros que estén en la REPÚBLICA ARGENTINA y que se dirijan a su país de origen.

PROHIBICIÓN FIN DE SEMANA LARGO

Estimado transportista:

Adjuntamos la última resolución emitida por el Ministerio de transporte relacionada a la prohibición para este fin de semana largo:

Copiamos el artículo más importante:
«ARTÍCULO 2°.- Establécese, desde la hora CERO (0) del 20 de marzo de 2020 hasta las VEINTICUATRO (24) horas del 24 de marzo de 2020, la suspensión total de los servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros interurbano e internacionales.»

Por favor leer resolución completa:
DESCARGAR: RS-2020-17630535-APN-MTR

 

ACTUALIZACIÓN:
RES. MTR 64-2020.pdf

LiNTI – Coronavirus – Disposición N°109/2020 ANSV

Estimado transportista:

Compartimos novedades de LINTI, actualizado al 18 de Marzo de 2020:

Asunto: Disposición N°109/2020 ANSV, Medidas de contención a fin de evitar la progagación del coronavirus COVID-19
Estimados, 

Ante la situación de público conocimiento relacionada al brote de coronavirus COVID-19, que en los últimos días se ha propagado en numerosos países de diferentes continentes, llegando a nuestra región y a nuestro país, venimos a informarle:

En cumplimiento de la Decisión Administrativa N° 390/2020 del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y la Disposición N° 109/2020 de esta AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), se han tomado las siguientes medidas de contención a fin de evitar la propagación del coronavirus COVID-19.

La ANSV, brindara soporte y atención para los CELs, los Prestadores de LINTI y los ciudadanos, con personal mínimo en la sede central de la agencia, a fin de cubrir la atención y necesidades de carácter URGENTE.

En virtud de ello, les informamos que las consultas deben ser realizadas únicamente vía correo electrónico a las siguientes direcciones:

Las vías telefónicas solo recepcionaran y darán curso a llamadas de carácter URGENTE.

De tal manera, estaremos respondiendo sus consultas entre las 24 y 48 hs de haberlas recepcionado.

También, aprovechamos esta oportunidad para evacuar dudas con relación a la Disposición ANSV N° 109/2020 vinculadas a los CELS, a la LNC y LINTI:

1.- Los CURSOS DE VERIFICACIÓN DE COMPETENCIAS Y FORMACIÓN CONTINUA, como los EXÁMENES PSICOFÍSICOS exigidos para el otorgamiento y renovación de la LINTI, se SUSPENDEN hasta el 01/04/20.

2.- Se PRORROGAN por 60 días corridos la VIGENCIA DE LOS CURSOS Y EXÁMENES PSICOFÍSICOS para el OTORGAMIENTO Y RENOVACIÓN DE LA LINTI, cuyos vencimientos hayan operado u operen entre 15/02/20 y el 01/02/20.

 

 

3.- Las CAPACITACIONES y ENCUENTROS REGIONALES DE FORMA PRESENCIAL para instructores y evaluadores se SUSPENDEN hasta el 01/04/20 y se PRORROGAN por 60 días las MATRICULAS de funcionarios que venzan entre el 15/02/20 al 01/04/20.

En este caso y mientras dure la medida podrán utilizar únicamente el AULA VIRTUAL ANSV http://capacitacion.seguridadvial.gob.ar/index.php para la capacitación de los funcionarios  y Rematriculacion de instructores y evaluadores.

4.-  Aquellas jurisdicciones que otorgan LNC y decidan alinearse a lo establecido en la Disposición ANSV N° 109/2020 de SUSPENDER la atención al público y su otorgamiento hasta el 01/04/20 y PRORROGAR por 60 días corridos los vencimientos de LNC que hayan operado u operen entre el 15/02/20 y el 01/04/20, deben considerar lo siguiente:

El otorgamiento de la LNC en un CEL certificado y homologado por esta ANSV, es una competencia exclusiva de cada jurisdicción. No así la emisión de LINTI que es una competencia exclusiva de la ANSV.

Por lo que, en el caso de optar por la suspensión de la actividad del CEL y la prórroga de los vencimientos de las LNC, las jurisdicciones en el marco de sus prerrogativas, y a través de sus autoridades, deberán emitir el respectivo acto administrativo (Ordenanza, Decreto, Disposición, Resolución, etc.) que así lo establezca.

Asimismo, vale aclarar que las presentes medidas tienen como fin evitar la propagación de Coronavirus – COVID-19 y  lograr que se cumpla con la cuarentena y reduzcan al mínimo posible el contacto social, desalentando la circulación de personas en la vía pública.

La responsabilidad es de todos los argentinos; la no circulación de los ciudadanos evita la circulación del virus.

CNRT – Nuevos horarios de atención por emergencia sanitaria

Estimado transportista:

Compartimos la comunicación de CNRT:

INFORMACIÓN IMPORTANTE CNRT EMERGENCIA SANITARIA

INFORMACIÓN IMPORTANTE
Ante la emergencia sanitaria recordá gestionar todos tus trámites a través de la plataforma digital Trámites a Distancia. Para consultas envianos un mail a: transportistas@cnrt.gob.ar.

El Centro de Atención Ciudadana (CAC) de Maipú 88, C.A.B.A., funcionará sólo para liberaciones de vehículos de lunes a viernes de 10 a 14 hs. Entre las 10 y las 11 hs. la atención será exclusiva a personas mayores de 60 años y con patologías de riesgo.

No habrá atención presencial en la oficina Puente Cero de la Terminal de Ómnibus de Retiro ni en las Delegaciones Regionales. Todas las consultas se atenderán a través del 0800-333-0300 y el Portal de Denuncias http://control.cnrt.gob.ar/