RAMPA VEHICULOS DOBLE PISO 0 KM – A modo informativo

Estimado transportista:

Sin perjuicio que en la situación actual no es habitual la renovación de unidades por vehículos 0 Km. Les informamos que se debe tener presente al momento de adquirir una nueva unidad Doble Piso de esas características dado que no se han renovado las postergaciones de los efectos resolución 76/19 que modifica la 93/18 de la Secretaría de Gestión de Transporte.
Por ende la misma se encuentra actualmente en vigencia e indica que …Todos los vehículos de doble piso CERO KILÓMETRO (0 km), que se habiliten para la prestación de servicios de autotransporte interurbano e internacional de pasajeros, deberán satisfacer las condiciones técnicas establecidas en el marco del artículo 1º de la presente resolución a partir del día 1° de julio de 2020.” “…las unidades doble piso nuevas, que se habiliten para la prestación de esos servicios, deben poseer un asiento especialmente adaptado para personas con movilidad reducida y/o en silla de ruedas y una serie de facilidades para el ascenso, descenso, ubicación y atención del pasajero….”
Hemos consultado a la autoridad de aplicación si actualmente se analiza la posible suspensión o prorroga de esta situación y nos informaron que si bien se han hecho presentaciones en éste sentido las mismas se encuentran en proceso de análisis por parte de los organismo interdisciplinarios pero sin novedades a la fecha, razón por la cual la norma se encuentra vigente y por ende no se darán de alta unidades que no cuenten con ese dispositivo.
Aprovechamos la oportunidad para saludarlos muy atentamente.